Sección Preguntas y Respuestas
1. ¿Qué es el TISA?
El Acuerdo de Comercio de Servicios, o TISA, por sus siglas en inglés (Trade in Services Agreement), es un
acuerdo comercial que busca incrementar el comercio de servicios a través de
compromisos que aseguren la no imposición de restricciones entre los Miembros.
Las negociaciones empezaron en marzo del 2013 y, además del Perú, participan en
esta negociación: Australia, Canadá, Chile, Corea del Sur, Colombia, Costa Rica,
Estados Unidos, Hong Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, Mauricio,
México, Nueva Zelanda, Noruega, Panamá, Pakistán, Suiza, Taipéi, Turquía y la
Unión Europea.
2. ¿Cuál es la relación del TISA con la Organización Mundial de Comercio (OMC)?
Las negociaciones del TISA nacen como el objetivo de impulsar las negociaciones
de servicios en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
En tal sentido, los Miembros participantes del TISA comparten el interés porque
este acuerdo sea llevado al plano multilateral y llegue a formar parte de la
OMC.
Por esta razón, el TISA toma como base el texto del Acuerdo General sobre
Comercio de Servicios (AGCS) de la OMC.
3. ¿Es la primera vez que Perú incluye temas de servicios en una negociación
comercial?
No. Es importante recordar que el Perú es miembro fundador de la Organización
Mundial de Comercio (OMC) y, como tal, ha incorporado a su legislación todos los
Acuerdos de la OMC (Mediante Resolución Legislativa N° 26407), incluyendo el
Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS). Por lo tanto, en el marco
multilateral, el Perú ya ha asumido compromisos en materia de comercio de
servicios.
Asimismo, en el marco de la Comunidad Andina (CAN) y la Alianza del Pacífico se
establecen compromisos relacionados con el comercio de servicios. En el caso de
la CAN, las Decisiones 439, 510 y 659, establecen el marco de liberalización del
comercio de servicios entre los países andinos. En el marco de la Alianza del
Pacífico, el Protocolo Adicional incluye los siguientes capítulos sobre comercio
de servicios: Comercio Transfronterizo de Servicios, Servicios Financieros,
Telecomunicaciones y Comercio Electrónico.
Finalmente, la mayoría de acuerdos de libre comercio que ha suscrito el Perú
incluye disposiciones que establecen compromisos respecto al comercio de
servicios.
Es decir, en el marco de la OMC, la CAN, la Alianza del Pacífico y de los
acuerdos de libre comercio, el Perú ya ha asumido compromisos en materia de
comercio de servicios.
El siguiente cuadro muestra cuáles son los acuerdos comerciales suscritos por el
Perú que contienen compromisos sobre comercio de servicios e indica qué
capítulos están relacionados con servicios están contenidos en estos acuerdos.
Por lo tanto, el TISA no es la primera negociación comercial que incluye
compromisos en materia de comercio de servicios, en la que el Perú participa.
4. ¿Los compromisos que se incluyan en el TISA aplicarán a todos los sectores
de servicios?
No. Son dos los sectores de servicios que no forman parte de las negociaciones
del TISA: los servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales
y los derechos de tráfico aéreo.
Los servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales son
aquellos servicios que provee el Estado y no se proveen en condiciones
comerciales, ni en competencia. Por ejemplo, el servicio que brinda la Policía
Nacional del Perú no estaría cubierto por los compromisos del TISA, ya que es un
servicio provisto por el Estado y no se provee en condiciones de competencia.
Los servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales pueden
variar dependiendo de cada país. Así por ejemplo, si algún Miembro del TISA
suministra el servicio de educación superior en ejercicio de sus facultades
gubernamentales y ese servicio no se suministra en condiciones de competencia
(no existen otros proveedores provenientes del sector privado), dicho servicio
no estaría cubierto por el TISA para dicho Miembro.
Por otro lado, la negociación del TISA no contempla compromisos respecto de los
derechos de tráfico aéreo. Es decir, no establece compromisos que afecten los
permisos o frecuencias que se otorgan para el transporte aéreo de pasajeros o
carga. Además, hay que tomar en cuenta que la negociación del TISA brinda a los
Miembros la flexibilidad de incluir excepciones para los sectores de servicios
en los que decida no aplicar, o aplicar parcialmente, los compromisos de
liberalización.
5. Uno de los objetivos es que el TISA forme parte de la Organización Mundial
de Comercio (OMC). ¿Eso implica que las negociaciones del TISA reemplazan las
negociaciones multilaterales en el marco de la OMC?
La negociación del TISA agrupa a Miembros de la OMC interesados en lograr
compromisos que liberalicen el comercio de servicios. Sin embargo, la
negociación del TISA no reemplaza las negociaciones de la Ronda Doha para el
Desarrollo.
En tal sentido, el Perú se mantiene comprometido con el progreso de las
negociaciones de la OMC en el marco de la Ronda Doha para el Desarrollo.
6. ¿Es cierto que el TISA afectará la capacidad que tienen los Estados de
regular los sectores de servicios?
No. La capacidad de regular del Estado no se ve disminuida por las disposiciones
contenidas en acuerdos comerciales ya suscritos por el Perú ni por las que se
viene negociando en el TISA.
El TISA incluye compromisos que buscan garantizar la no imposición de
restricciones al comercio de servicios; sin embargo, este objetivo de
liberalización no afecta la capacidad de los Estados de regular los sectores de
servicios. En ese sentido, los Estados Parte de la negociación mantienen el
derecho de emitir la regulación que consideren necesaria en temas de calidad,
competencia, salud, medio ambiente o cualquier otro tema de interés público.
Como se señala en la segunda pregunta ("¿Cuál es la relación del TISA con la
Organización Mundial de Comercio (OMC)?"), el TISA toma como base el AGCS, el
cual señala en su preámbulo lo siguiente:
"Reconociendo el derecho de los Miembros
a reglamentar el suministro de servicios en su territorio, y a establecer nuevas
reglamentaciones al respecto, con el fin de realizar los objetivos de su
política nacional, y la especial necesidad de los países en desarrollo de
ejercer este derecho, dadas las asimetrías existentes en cuanto al grado de
desarrollo de las reglamentaciones sobre servicios en los distintos países (…)"
En consecuencia, el TISA no afectará la capacidad del Estado de regular los
sectores de servicios.
7. ¿El TISA obliga al Estado peruano a privatizar los servicios públicos?
No. El TISA no exige a los Estados privatizar los sectores de servicios
públicos. Como se explica en las respuestas a las preguntas previas, aquellos
servicios que son provistos por el Estado y que no son suministrados en
competencia, no están cubiertos por el TISA.
Asimismo, si algún Miembro del TISA brinda servicios públicos en competencia con
otros proveedores, dicho Miembro tiene la facultad de mantener dicho servicio
como público. Es decir que el TISA no exige privatizar un servicio público.
8. ¿El TISA permite a un inversionista extranjero iniciar un arbitraje
internacional frente al Estado peruano?
No. La negociación del TISA no contempla cláusulas para la solución de las
controversias entre inversionistas extranjeros y el Estado peruano.
9. ¿Cuál es la relación entre TISA e internet?
Existen algunos servicios que requieren el uso de internet para ser
suministrados, por ejemplo el servicio de correo electrónico, los servicios de
streaming, los servicios de mensajería instantánea, los servicios de
almacenamiento de información, entre otros.
Dado el gran avance de la tecnología, el internet permite que un número
importante de servicios, que años atrás solo se suministraban de forma
presencial, puedan en la actualidad ser suministrados a distancia. Por ejemplo,
los servicios de consultoría a distancia; los servicios de educación on-line; la
telemedicina; el diseño y envío de software, entre otros.
De esta forma, el internet no solo brinda a los exportadores nuevas formas para
brindar sus servicios, sino que permite a los consumidores acceder a una mayor
gama de servicios, de manera más sencilla y, en muchos casos, de manera más
económica.
En tal sentido, el TISA busca establecer compromisos que eviten las
restricciones a los servicios que se suministran a través de internet o que
utilizan el comercio electrónico.
10. ¿El TISA afectará la capacidad del Estado de proteger los datos personales
o la privacidad?
No. Los compromisos que se viene negociando en el TISA, relacionados con el
comercio electrónico o el internet, no afectan la facultad del Estado de
proteger los datos personales o la privacidad.
Por el contrario, las disposiciones relacionadas con el comercio electrónico que
se viene negociando hacen referencia a mantener un marco legal que proteja los
datos personales de los usuarios del comercio electrónico.
Asimismo, dado que el TISA está basado en el AGCS, se preserva la facultad de
los Estados de adoptar cualquier acción que sea necesaria para la protección de
los datos personales.
11. El Perú ya tiene TLCs con EEUU, Canadá, Unión Europea, México y otros
Miembros del TISA. ¿Eso significa que el TISA reemplazará o modificará los TLCs
que tiene el Perú con los Miembros del TISA?
No. Los acuerdos comerciales bilaterales no serán modificados por el TISA.
Ningún acuerdo comercial que el Perú mantenga con los Miembros del TISA (como el
TLC con Estados Unidos, con Canadá, con Japón, entre otros) dejará de aplicarse
tras la entrada en vigencia del TISA.
12. ¿Por qué no es público el texto de la negociación del TiSA?
El MINCETUR coordina con cada entidad pública competente la posición del Perú
frente a los temas en negociación. Asimismo, informa periódicamente sobre los
avances en el proceso de negociación a los actores relevantes del sector
privado, incluyendo el sector empresarial y académico.
Los acuerdos a los que se llegue durante la negociación se harán completamente
públicos una vez que las negociaciones se finalicen. Este procedimiento se ha
mantenido a lo largo de todos los procesos de negociación de los cuales el Perú
es Parte..
Esto es compatible con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
(Ley N° 27806) que si bien regula el derecho fundamental del acceso a la
información, exceptúa a las negociaciones internacionales así como sus textos
integrantes para no afectar la posición negociadora del Perú. (Artículo 15-A,
numeral 2: Excepciones al ejercicio del derecho: Información reservada).
Explicación sobre el sector Servicios
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