¿Por qué es importante un Acuerdo con la República Bolivariana de Venezuela?
La República Bolivariana de Venezuela cuenta con una población de 28 millones de
habitantes y con un PBI per cápita de US$ 10 mil dólares, por lo que representa
uno de los más importantes mercados a nivel de Latinoamérica. Al profundizar el
comercio y la complementación productiva con Venezuela, promovemos nichos de
mercado interesantes para numerosos sectores productivos del país; y,
especialmente, la participación comercial de las pequeñas y medianas empresas.
Dentro del ranking de los principales socios comerciales de la región Sudamérica
(2011), Venezuela se encuentra en el lugar 7° entre nuestros mercados de
destino. Por el lado de las importaciones, en cambio, se encuentra en el lugar
8° entre nuestros principales mercados de origen.
Al realizar un análisis de las exportaciones de Perú a Venezuela se puede
observar que representa un mercado de gran interés de nuestros productos no
tradicionales, que perdieron mercado durante el año 2009 pero que se vienen
recuperando sostenidamente.
Cabe mencionar que Venezuela constituyó, el año 2011, el segundo mercado de
destino de las exportaciones peruanas de productos del sector
textil-confecciones, habiéndose destinado el 20.2% del total exportado al mundo
por ese sector.
¿Qué es un Acuerdo de Alcance parcial del Naturaleza Comercial?
El Tratado de Montevideo de 1980, suscrito en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) dispone que para el desarrollo de mecanismos de promoción y regulación del comercio recíproco, complementación económica y acciones de cooperación económica que coadyuven a la ampliación de los mercados, los países miembros pueden establecer áreas de preferencias económicas mediante acuerdos de alcance regional o acuerdos de alcance parcial.
Los acuerdos de alcance parcial son aquéllos en cuya celebración no participa la
totalidad de los países miembros de ALADI, y tienen por objetivo crear las
condiciones necesarias para profundizar el proceso de integración regional
mediante su progresiva multilateralización. Estos Acuerdos pueden ser de
naturaleza comercial, de complementación económica, agropecuarios, de promoción
del comercio u otras modalidades.
¿Cuándo entrará en vigencia este Acuerdo?
De acuerdo a lo dispuesto en el Acuerdo, éste entrará en vigencia una vez que
las Partes hayan notificado a la Secretaría General de ALADI el cumplimiento de
sus disposiciones legales internas para tal fin. El Acuerdo tendrá una vigencia
de 5 años prorrogables automáticamente.
Asimismo, el Acuerdo establece que éste no podrá entrar en vigencia hasta tanto
sean acordados los Anexos I al VII que hacen parte integral del mismo, y se
refieren a tratamiento arancelario preferencial, normas de origen, salvaguardia
bilateral y medida especial, normas y reglamentos técnicos, medidas sanitarias,
zoosanitarias y fitosanitarias, promoción comercial y solución de diferencias.
La negociación de los Anexos culminó durante la V Ronda de Negociación.
Actualmente los textos se encuentran en la fase de revisión legal a fin de
asegurar la coherencia jurídica de los mismos en su lectura e interpretación
integral con el Acuerdo. Una vez culminada esta etapa se dispondrá la entrada en
vigencia del Acuerdo, lo cual se espera para el segundo trimestre de este año.
¿Cuál es la autoridad responsable de darnos información sobre este acuerdo?
La autoridad responsable de darnos información sobre este Acuerdo es
Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo. El teléfono de la central telefónica del Ministerio es el 5136100
anexo 8000.
¿Dónde puedo encontrar la partida arancelaria de la mercancía a
importar/exportar?
En: http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias