El Protocolo original y los tres Protocolos Adicionales entre la República del Perú y el Reino de Tailandia se negociaron entre los años 2004 y 2010, y se encuentran vigentes desde el 31 de diciembre de 2011.
Los Protocolos abarcan los siguientes capítulos: Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Salvaguardias, Obstáculos Técnicos al Comercio, Procedimientos Aduaneros, Asuntos Institucionales y Solución de Controversias.
El Cuarto Protocolo Adicional se suscribió el 21 de mayo de 2022, a fin de modificar disposiciones sobre Reglas de Origen. Este Protocolo se encuentra vigente desde el 15 de noviembre de 2023.
Durante los 10 años de vigencia del Protocolo Perú - Tailandia, los rubros no tradicionales que registraron mayor crecimiento promedio anual fueron: metal mecánico (+24,2%) y químico (+19,0%). Asimismo, los rubros no tradicionales con mayor participación en el valor total exportado fueron: pesquero con 32,2% y agropecuario con 14,8% del total exportado. En tal sentido, entre los principales productos exportados hacia Tailandia se encuentran: jibias y globitos, calamares y potas congelados zinc en bruto, uvas frescas, paltas frescas o secas, arándanos rojos, óxido de zinc, entre otros.
Importancia
Asia se ha convertido en una región clave para el destino de las exportaciones peruanas. Es así que el acuerdo con Tailandia representa una importante reconfirmación del posicionamiento del Perú en el mercado asiático, sobre todo por los avances en materia de intercambio comercial.
El Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio, y los tres Protocolos Adicionales, representan mayores oportunidades para que las exportaciones peruanas continúen ganando presencia en el Asia, particularmente, en el este asiático.
Hoy, la liberalización arancelaria abarca aproximadamente el 75,0% de las subpartidas arancelarias del arancel de ambos países. Estas subpartidas corresponden a la canasta A (liberalización inmediata, cuando el Protocolo entró en vigencia) y canasta B (liberalización en 5 años a partir de la entrada en vigencia).