En la Declaración Ministerial de Doha se estableció el mandato de las actuales negociaciones y se dispuso que los Miembros de la OMC crearan un Comité de Negociaciones Comerciales, que supervisa las negociaciones en curso.
En el programa de trabajo que figura en la Declaración Ministerial de Doha figuran los temas siguientes:
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- Algodón |
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- Negociaciones: indicaciones geográficas – registro multilateral para los vinos y bebidas espirituosas |
- ADPIC, diversidad biológica y conocimientos tradicionales |
- Indicaciones geográficas - Extensión |
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Se hizo especial hincapié en el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo. El principio de trato especial y diferenciado es parte integrante de los Acuerdos de la OMC. En todas las negociaciones y demás aspectos de los trabajos del Programa de Doha se debe tener plenamente en cuenta este principio. Además, de conformidad con la Declaración de Doha para el Desarrollo y la Decisión sobre las cuestiones y preocupaciones relativas a la aplicación, deben examinarse todas las disposiciones relativas al trato especial y diferenciado para hacerlas más precisas, eficaces y operativas.
En julio de 2004, el Consejo General de la OMC decidió que la relación entre comercio e inversiones, la interacción entre comercio y política de competencia y la transparencia de la contratación pública ya no formarían parte del Programa de Trabajo establecido en la Declaración Ministerial de Doha y que por consiguiente durante la Ronda de Doha no se llevarían a cabo en la OMC trabajos encaminados a la celebración de negociaciones sobre ninguno de estos temas.