Antecedentes
En el año 1998 y bajo el marco del Tratado de Montevideo de 1980, los Gobiernos de Perú y Chile convinieron celebrar el Acuerdo de Complementación Económica (ACE Nº 38), con el objetivo de establecer un espacio económico ampliado entre los países signatarios, que permita la libre circulación de bienes y facilitar la plena utilización de factores productivos.
La suscripción del ACE Nº 38, permitió la eliminación gradual de todo derecho
aduanero y cargas equivalentes de carácter fiscal, monetario, cambiario o de
cualquier otra naturaleza, para la formación de una Zona de Libre Comercio, la
cual se concretará en julio de 2016. Asimismo, el ACE Nº 38 fortaleció las
relaciones económicas y comerciales entre ambos países.
Es importante señalar que el ACE Nº 38 fue concebido únicamente para el comercio
libre de bienes entre Perú y Chile, razón por la cual únicamente contiene
capítulos relacionados con el Programa de Liberación, Obstáculos Técnicos al
Comercio, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Cláusula de Salvaguardia, Reglas
de Origen y el Mecanismo de Solución de Controversias.
En ese sentido, durante la V Reunión de la Comisión Administradora del ACE Nº
38, realizada en enero del 2005, los representantes del Gobierno Peruano y
Chileno decidieron que a fin de mejorar el marco jurídico que regula las
relaciones comerciales entre ambos países, así como fortalecer las relaciones
internacionales entre los mismos, era conveniente ampliar los alcances del
citado Acuerdo comercial. De esta manera, ambos Países aspiraban a tener un
documento jurídico de última generación que tuviera disciplinas claras,
eficientes y eficaces tanto para el ámbito de bienes como para el de servicios e
inversión.
El proceso negociador para la ampliación del ACE Nº 38 se inició en agosto de
2005 abordándose como temas de negociación a los siguientes: Obstáculos Técnicos
al Comercio; Solución de Controversias; Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias; Reglas de Origen; Política de Competencia; Defensa Comercial;
Procedimientos Aduaneros; Servicios e Inversión. El Programa de Liberación en
acceso a mercados no fue materia de negociación y se incorporó en sus mismos
términos como parte de la ampliación del ACE Nº 38.
Objetivos Generales
El Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y Chile modificó y sustituyó el ACE Nº 38 y tiene por objeto el establecimiento de una zona de libre comercio de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Artículo V del Acuerdo General sobre Comercio de Servicios y el Tratado de Montevideo 1980.
Los objetivos del Acuerdo, desarrollados de manera más específica a través de
sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más
favorecida y transparencia, son los siguientes:
a. promover, en
condiciones de equidad, el desarrollo equilibrado y armónico de las Partes; |
Estudios de aprovechamiento
• Estudio de Aprovechamiento del TLC Perú – Chile, décimo quinto año de vigencia del TLC |
Documentos y enlaces de interés
Página Oficial del Acuerdo en Chile
FOCO ALADI Oportunidades Comerciales Chile - Perú