¿Qué beneficios nos da el Acuerdo?
Entre los beneficios que otorga el Acuerdo de Cartagena cabe resaltar los siguientes:
• Consolidación de un área de libre comercio entre los países miembros.
Actualmente, el comercio entre el Perú y los demás Países Miembros, de todos los
productos del universo arancelario, se encuentran liberados al 100%.
• Establecimiento de un marco general de principios y normas para la
liberalización del comercio de servicios a nivel andino. En ese sentido, cada
País Miembro otorgará inmediata e incondicionalmente a los servicios y a los
prestadores de servicios de los demás Países Miembros, un trato no menos
favorable que el concedido a los servicios y prestadores de servicios similares
de cualquier otro país, miembro o no de la Comunidad Andina.
• Establecimiento de normativa común en materias vinculadas al comercio tales
como aduanas, propiedad industrial, transporte terrestre internacional, medidas
sanitarias, entre otros.
¿Cuándo podemos empezar a exportar usando los beneficios de este Acuerdo?
Por medio de la Decisión 414, la Comisión aprobó un cronograma de desgravación arancelaria, cuya aplicación se inició el 1 de agosto de 1997 y entró en plena vigencia en el 2005.
¿Cuál es la autoridad responsable de darnos información sobre este acuerdo?
La autoridad responsable de brindar información sobre la CAN es la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior del MINCETUR.